CENTROS EDUCATIVOS DE TITULARIDAD DEL ESTADO ESPAÑOL EN
ANDORRA
España y Andorra firman el convenio de
colaboración en materia educativa
Se regulan las enseñanzas impartidas en el Principado por los centros de
titularidad española, garantizando los niveles de calidad de acuerdo con los
principios de la Ley Orgánica de Calidad de la Educación
Los alumnos de estos centros podrán optar a las becas y ayudas al estudio que
convoquen ambos países
Para cubrir las nuevas necesidades de plazas escolares, el Gobierno español
construirá en Andorra un nuevo centro de Educación Primaria de, al menos, 18
unidades
El área de "Formación Andorrana", que se impartirá en catalán, será obligatoria
en todos los niveles educativos y con la máxima dedicación horaria posible. En
esta área se estudiará Lengua y Literatura catalanas, Historia, Geografía e
Instituciones de Andorra
(22-diciembre-03) La ministra de Educación, Cultura y Deporte, Pilar del
Castillo, y el ministro de Educación, Cultura, Juventud y Deporte de Andorra,
Xavier Montané Atero, han firmado esta mañana, en la sede del MECD, el convenio
de colaboración entre el Reino de España y el Principado de Andorra en materia
educativa, que tiene por objeto regular las enseñanzas impartidas en Andorra por
los centros de titularidad española y garantizar en ellos los niveles de calidad
de la enseñanza, de acuerdo con los principios de la Ley Orgánica de Calidad de
la Educación.
Este convenio viene a sustituir al firmado en enero de 1993, a tenor de los
cambios que se han producido en este periodo de tiempo, como la implantación de
un sistema educativo propio del Principado de Andorra, las nuevas necesidades
derivadas de los cambios que ha vivido la educación en los últimos años, o la
finalización del proceso de transferencias educativas a las Comunidades
Autónomas españolas. Un convenio de similares características a éste ha sido
firmado recientemente entre el Principado de Andorra y Francia.
Para la formulación de este convenio se constituyó, en enero de 2002, una
comisión técnica que, tras diversas reuniones, elevó a ambas partes, en octubre
de 2003, el proyecto de convenio. Mediante la firma de este texto, ambas partes
renuevan el compromiso de mantener una educación de calidad en los centros de
titularidad del Estado español en Andorra, perfeccionando y continuando la larga
tradición existente entre los dos países en materia educativa.
SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL EN ANDORRA
El sistema educativo español en Andorra está integrado por los centros de
titularidad del Estado español y por las escuelas congregacionales y otros
centros docentes de titularidad privada que imparten enseñanzas conforme a dicho
sistema.
Las enseñanzas cursadas conforme al sistema educativo español conducen a títulos
académicos oficiales y válidos en todo el territorio español.
ORDENACIÓN ACADÉMICA
Los centros de titularidad del Estado español impartirán sus enseñanzas conforme
al sistema educativo español y el idioma vehicular será el castellano. Mediante
la firma del convenio, se asegura el respeto a la lengua y cultura propias del
Principado mediante la inclusión del área de "Formación Andorrana", que se
impartirá obligatoriamente en lengua catalana, y que servirá para garantizar el
conocimiento de los alumnos de la lengua y literatura catalanas y de la
geografía, historia e instituciones de Andorra.
Esta área de "Formación Andorrana" está incluida en todos los niveles y cursos
del sistema educativo español en Andorra (desde Educación Infantil hasta la
ESO), con la máxima dedicación horaria posible: cuatro horas semanales en cada
curso, excepto en el primer curso de Educación Secundaria Obligatoria, que tiene
asignadas cinco horas. En el Bachillerato, el área de "Formación Andorrana" será
de oferta obligada para todos los centros y tendrá carácter de materia optativa.
Los alumnos que no opten por cursar esta área en Bachillerato deberán cursar
otra materia optativa y, además, un seminario de Formación Andorrana, que
incluirá Lengua y Literatura Catalanas, Historia, Geografía e instituciones. De
esta forma, se asegura la presencia del estudio de la cultura y de la lengua
propias del Principado desde los 3 hasta los 18 años.
Además, se prevén programas de iniciación a la Lengua Catalana para aquellos
alumnos que se incorporen a los centros españoles en Andorra sin haber cursado
anteriormente esta enseñanza.
ALUMNADO
La enseñanza en los centros de titularidad del Estado español será gratuita para
todos los alumnos y estos se someterán al régimen de derechos y deberes
establecido por el MECD, así como al régimen de admisión de alumnos.
Los alumnos tendrán derecho a participar en las convocatorias de becas y ayudas
al estudio que efectúe tanto el Gobierno andorrano como el Gobierno español.
PROFESORES
Los cargos directivos y el profesorado de los centros públicos que impartan
enseñanzas conforme al sistema educativo español en Andorra serán elegidos y
ejercerán sus funciones de acuerdo con la legislación general educativa española
y con la específica sobre acción educativa en el exterior.
El área de "Formación Andorrana" será impartida por docentes del Ministerio de
Educación, Cultura, Juventud y Deportes de Andorra y este mismo Ministerio
ofrecerá cursos de formación al profesorado de la parte española con el fin de
facilitar su integración en el Principado.
Todo el personal de estos centros estará sujeto al ordenamiento jurídico
andorrano y las autoridades del Principado adoptarán las medidas precisas para
que a todo el personal del MECD se le expida la autorización de residencia por
un periodo de tiempo igual al de la duración de su nombramiento en Andorra.
RÉGIMEN DE LOS CENTROS
En los centros de titularidad del Estado español se aplicará la legislación
española en materia de órganos de gobierno, órganos de participación en el
control y gestión, y órganos de coordinación docente.
Los órganos de gobierno y coordinación corresponderán a funcionarios del
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. No obstante, el Ministerio de
Educación, Cultura, Juventud y Deportes de Andorra podrá ejercer las funciones
de tutoría de un grupo de clase, jefatura de departamento y coordinación de
ciclo.
APORTACIONES
El Principado de Andorra aportará los locales e instalaciones de las Escuelas
Españolas; los gastos de funcionamiento y consumo; las ayudas al estudio para
los alumnos a las que dé derecho la legislación andorrana; el profesorado que
imparta el área de "Formación Andorrana"; los cursos incluidos en el plan de
acogida para el profesorado español; el desarrollo de programas de colaboración
en la atención psicopedagógica; apoyo y asistencia de los servicios sociales y
sanitarios; y el personal no docente de las Escuelas Españolas de Educación
Primaria.
El Reino de España aportará los locales e instalaciones del Instituto Español de
Andorra, su equipamiento, conservación y mantenimiento; los gastos de
funcionamiento no sufragados por la parte andorrana; las ayudas al estudio; el
profesorado que imparta las enseñanzas del sistema educativo español; las
actividades de formación del profesorado; el asesoramiento y apoyo técnico y
didáctico para el desarrollo de las actividades docentes y culturales; y el
personal no docente del Instituto Español de Andorra.
COMISIÓN MIXTA
Se crea una Comisión Mixta, de carácter intergubernamental, integrada por
representantes de los dos ministerios, a la que corresponderá el examen de las
grandes orientaciones de la política de enseñanza de los centros españoles y el
seguimiento de la ejecución del presente Convenio, así como la adopción de
cuantas medidas se estimen necesarias para su desarrollo y aplicación.
Los dos ministerios facilitarán a la Comisión Mixta cuantos datos e información
se consideren necesarios, con el fin de que exista la máxima coordinación en la
adopción de medidas y en la planificación de medios para la prestación del
servicio educativo en las mejores condiciones de calidad.
Se constituye asimismo una Comisión Técnica, bajo la dependencia de la Comisión
Mixta, con sede en Andorra e integrada por seis miembros, tres por cada parte.
Esta Comisión se reunirá al menos dos veces al año y tiene las siguientes
funciones: velar por la aplicación de los acuerdos y las medidas adoptadas por
la Comisión Mixta; formular propuestas para la mejora de la calidad de la
enseñanza; tratar y acordar cuestiones de interés como las características y
requisitos de los centros, utilización de las instalaciones escolares,
calendario, transporte y salud escolar.
También tiene encomendada la escolarización de alumnos, actividades
extraescolares y deportivas, comedores, concesión de becas y ayudas al estudio,
aplicación de la ordenación académica y asignación del personal no docente a los
centros.
CONSTRUCCIÓN DE UN CENTRO ESPAÑOL EN ANDORRA
Por el convenio suscrito hoy, el Gobierno de Andorra cede al MECD un solar para
la construcción de una Escuela Española de Educación Primaria con un número
mínimo de 18 unidades.
Los gastos de construcción, equipamiento y funcionamiento de este centro serán
asumidos por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, lo mismo que los
gastos de personal, salvo el que imparta "Formación Andorrana